Debido a que, a lo largo de estos años, han sido muchos los pacientes que han acudido a nuestra clínica totalmente desorientados en cuanto al conocimiento de sus derechos y solicitando información sobre el cómo actuar, hemos querido elaborar una guía en la cual poder esclarecer algunos puntos no muy claros sobre nuestros derechos como lesionados tras sufrir un accidente de tráfico.

En Clínica Traumadepor, prevalece el trato humano y la eficacia en la atención de nuestros pacientes y entendemos que esto nos puede ayudar a gestionar la situación de la mejor manera posible, intentando que el trastorno sea el mínimo.

1.- El derecho más desconocido y, desde nuestro punto de vista, el más importante, es la libertad a la hora de elegir la clínica o centro sanitario. Esta libre elección no conlleva ningún coste para el lesionado.

Por ley y como lesionados podemos elegir el centro médico donde queramos recibir el tratamiento médico y fisioterapéutico, sin que la aseguradora nos derive a ningún otro centro que no sea, el que nosotros decidamos como afectados.

2.- El coste de la asistencia sanitaria por un accidente de tráfico no es asumido por la seguridad social, si no por la compañía aseguradora.

Nosotros, además, como clínica nos encontramos adheridos al convenio UNESPA (patronal de las aseguradoras), por lo que nos podemos hacer cargo de toda la gestión administrativa que conlleva esta asistencia sanitaria gratuita, tanto a los conductores como a los pasajeros con o sin contrario (independientemente que sean o no culpables del accidente), peatones y/o ciclistas atropellados.

Excepto con conductores que hayan sufrido un accidente sin otro vehículo implicado, la asistencia sanitaria será cubierta por su aseguradora, reclamando las facturas a su compañía.

3. – Siempre recomendamos acudir los primeros días a un centro hospitalario, donde nos pueden realizar una exploración general. Puesto que no es la primera vez, que un paciente percibe apenas dolor y conforme van pasando las horas, días… la sintomatología va en aumento. Asimismo, esto facilita tener una comunicación desde el principio con la compañía y poder tratar todos los aspectos de nuestra lesión.

4.- Los documentos necesarios para poder gestionar un parte por convenio de asistencia gratuita son: Póliza del seguro, DNI, Informe Urgencias (en caso de que acudiera), parte amistoso/atestado.

5.- Hay una gran confusión en lo relativo a los accidentes in itinere (ida/vuelta al trabajo). Si dicho accidente, o cualquier otro, es considerado como accidente laboral, esto no excluye la atención por dicho Convenio. Por lo tanto, la Mutua Laboral puede encargarse de la atención y tratamiento del lesionado de forma complementaria con otro centro médico, como Traumadepor.

Por lo que, si has sufrido un accidente de tráfico, puedes pedir información sin compromiso ya sea través del formulario web, por WhatsApp o llamándonos directamente al 965161096 / 672029192.

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